Artículo 38. Seguimiento y control.
Artículo 38 del Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global. · BOE-A-2025-4821
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-13.
Texto consolidado
Las bases reguladoras de la subvención o ayuda podrán recoger la existencia de comisiones mixtas de seguimiento, cuya composición y normas básicas de funcionamiento se determinarán asimismo en las citadas bases reguladoras.