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Orden Vigente

Artículo 38. Clasificación de las limitaciones declaradas por insuficiencia de condiciones psicofísicas.

Artículo 38 de la Orden INT/26/2021, de 15 de enero, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil. · BOE-A-2021-897

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-23.

Texto consolidado

En el anexo II se incluye la clasificación de las limitaciones acordadas como consecuencia de la declaración de insuficiencia de condiciones psicofísicas para ocupar determinados destinos, a los efectos de su provisión y la ocupación temporal de puestos de trabajo.

Los órganos de evaluación que se constituyan para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas de los guardias civiles, a la vista del expediente instruido, y a los solos efectos de limitar la ocupación y provisión de determinados destinos o puestos de trabajo para los que fueran incompatibles, identificarán las limitaciones apreciadas en los afectados de acuerdo con la clasificación que se reseña en el citado anexo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-23.

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