Artículo 38.
Artículo 38 de la Ley 9/1988, de 19 de julio, de Estadística de Galicia. · BOE-A-1988-22860
Atención: Ley 9/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se crea el Instituto Gallego de Estadística, que se configura como organismo autónomo de carácter administrativo con personalidad jurídica y patrimonio propios.
2. El Instituto Gallego de Estadística quedará adscrito a la Consellería de Economía y Hacienda.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1993-21441.