Artículo 38. Determinación inicial de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
Artículo 38 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004. · BOE-A-2003-23935
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Para el año 2004, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 3.868,20 euros íntegros anuales.