Artículo 38. Adquisición de la condición de funcionario.
Artículo 38 de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-1990-18911
Atención: Ley 3/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La condición de funcionario se adquiere por el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Superar las pruebas de selección de acuerdo con la convocatoria.
b) Nombramiento conferido por el Consejero de Administraciones Públicas.
c) Juramento o promesa de lealtad al Rey, de acatamiento de la Constitución, el Estatuto de Autonomía de La Rioja y el ordenamiento jurídico vigente.
d) Toma de posesión en el plazo reglamentario.