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Ley Vigente

Artículo 38. Promoción cultural.

Artículo 38 de la Ley 2/2015, de 23 de marzo, del Estatuto de capitalidad de la ciudad de Logroño. · BOE-A-2015-4029

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-14.

Texto consolidado

1. El Ayuntamiento proporcionará ofertas culturales de interés para la ciudadanía, con especial énfasis en la promoción de iniciativas culturales en los distritos y los barrios.

2. Se consideran áreas de actuación en materia de cultura las siguientes:

a) La creación y gestión de los museos de titularidad municipal.

b) La creación y gestión de bibliotecas y archivos municipales.

c) La creación y gestión de teatros, auditorios musicales y cualquier otro tipo de equipamiento cultural municipal.

d) La conservación y protección de los bienes que integran el patrimonio histórico, artístico, científico, tecnológico y natural de titularidad municipal.

e) La adopción de las medidas oportunas para evitar el deterioro, la pérdida o la destrucción de los bienes culturales de titularidad municipal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-14.

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