Artículo 38. Obligación de informar.
Artículo 38 de la Ley 15/2002, de 11 de julio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos. · BOE-A-2002-18104
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-24.
Texto consolidado
Cualquier institución, organización o entidad pública, así como las entidades privadas y personas que reciban financiación pública y que en materia de drogodependencias desarrollen o presten servicios de prevención, asistencia, integración social, formación o investigación en Castilla-La Mancha, estarán obligadas a suministrar a los responsables públicos en dicha materia, cuando se les solicite, los datos y resultados que en desarrollo de dichas actividades o programas se lleven a cabo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.