Artículo 38. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
Artículo 38 de la Ley 13/2017, de 6 de julio, de las asociaciones de consumidores de cannabis. · BOE-A-2017-9367
Atención: Ley 13/2017 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las infracciones muy graves prescriben al cabo de cinco años; las infracciones graves, al cabo de tres años, y las infracciones leves, al cabo de un año.
2. Las sanciones por la comisión de infracciones muy graves prescriben al cabo de cinco años; por la comisión de infracciones graves, al cabo de tres años, y por la comisión de infracciones leves, al cabo de un año.