Artículo 38.
Artículo 38 de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios. · BOE-A-1989-2072
Atención: Ley 11/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Síndico de Agravios elaborará el Proyecto de Presupuestos a que se refiere el artículo anterior remitiéndolo a la Mesa de las Cortes a los efectos oportunos.