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Ley Derogada

Disposición adicional

Disposición adicional de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios. · BOE-A-1989-2072

Atención: Ley 11/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Es competencia de la Comisión de Peticiones de las Cortes Valencianas la aprobación, a propuesta del Síndico de Agravios, del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Institución, que se publicará en el «Boletín Oficial de las Cortes Valencianas» y en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

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