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Ley Derogada

Artículo 37.

Artículo 37 de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios. · BOE-A-1989-2072

Atención: Ley 11/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La dotación económica necesaria para el funcionamiento de la Institución constituirá una partida independiente en los Presupuestos Generales de las Cortes Valencianas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

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