Artículo 37.
Artículo 37 de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios. · BOE-A-1989-2072
Atención: Ley 11/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La dotación económica necesaria para el funcionamiento de la Institución constituirá una partida independiente en los Presupuestos Generales de las Cortes Valencianas.