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Ley Derogada

Artículo 36.

Artículo 36 de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios. · BOE-A-1989-2072

Atención: Ley 11/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Asesores adscritos a la Sindicatura podrán ser libremente relevados de su empleo en cualquier momento por el Síndico. En todo caso, cesarán automáticamente al tiempo de la toma de posesión de un nuevo Síndico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

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