Artículo 36.
Artículo 36 de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios. · BOE-A-1989-2072
Atención: Ley 11/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Asesores adscritos a la Sindicatura podrán ser libremente relevados de su empleo en cualquier momento por el Síndico. En todo caso, cesarán automáticamente al tiempo de la toma de posesión de un nuevo Síndico.