Artículo 37. Beneficiarios.
Artículo 37 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. · BOE-A-2024-26915
Atención: Real Decreto-ley 9/2024 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los beneficiarios serán las comunidades autónomas y entidades locales que presten servicios de transporte público colectivo urbano o interurbano, así como los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que presten servicio de transporte público colectivo, con independencia de la modalidad de gestión del mismo, incluyendo ayuntamientos, diputaciones provinciales, diputaciones forales, consejos y cabildos insulares, así como mancomunidades, y comarcas.
2. Asimismo, y cuando se trate de entidades locales, la condición de beneficiario estará supeditada, en el caso de municipios que tengan la obligación legal de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, a la pertinente justificación, mediante declaración responsable, de implantar una zona de bajas emisiones en su territorio, a que dispongan de ella y se encuentre en funcionamiento durante 2025.
3. En caso de entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, para que cada beneficiario pueda obtener la ayuda directa asignada será imprescindible que todos los municipios integrados en el ámbito de competencia del beneficiario con obligación legal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, de implantar una zona de bajas emisiones en su territorio, a que dispongan de ella y se encuentre en funcionamiento durante 2025.
En caso de incumplimiento parcial de la condición del párrafo anterior, la ayuda máxima a otorgar se reducirá en la parte proporcional que no haya cumplido el citado requisito.
Más artículos de Real Decreto-ley 9/2024
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- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.