Artículo 37. Finalidad y objetivos.
Artículo 37 de la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2010-15624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-17.
Texto consolidado
1. La finalidad de la educación infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y niñas hasta los seis años de edad.
2. Los objetivos y la ordenación de la etapa son los que se recogen en el capítulo I del título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.