Artículo 37. Salida de fondos.
Artículo 37 de la Ley 5/1996, de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia. · BOE-A-1996-25660
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-13.
Texto consolidado
1. Cualquier traslado o salida de fondos de los museos o colecciones museográficas integrados en el Sistema de Museos de la Región de Murcia deberá ser previamente autorizado por la Consejería competente. No obstante, será suficiente la notificación en el caso de los fondos de titularidad estatal que se encuentren en museos integrados en el Sistema.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, para los fondos de propiedad pública o privada depositados en alguno de los museos del Sistema de Museos de la Región de Murcia se estará a las condiciones estipuladas al establecer el correspondiente depósito.