Artículo 37. Fomento del empleo de las mujeres en el medio rural.
Artículo 37 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.
Texto consolidado
1. La Junta de Extremadura, mediante el establecimiento de líneas de ayuda, fomentará el autoempleo, la contratación por cuenta ajena y la creación de entidades de economía social por mujeres en todos los sectores productivos del medio rural.
2. Asimismo, en las normas reguladoras de subvenciones del ámbito agrario y de desarrollo rural se establecerá, para los procedimientos de concurrencia competitiva, un sistema que, con respeto a los principios de publicidad, competencia y objetividad, priorice la contratación y promoción profesional de mujeres por las empresas del ámbito rural.