Artículo 37. El aprovechamiento circular de recursos y nutrientes.
Artículo 37 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears. · BOE-A-2019-3911
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-01.
Texto consolidado
1. Se debe fomentar la economía circular y el aprovechamiento de recursos orgánicos y de nutrientes.
2. Las administraciones competentes en materia agraria elaborarán protocolos y normas para el compostaje en las explotaciones agrarias de restos orgánicos vegetales, que garanticen la obtención de materia orgánica y nutrientes mediante sistemas que tengan un manejo ambientalmente adecuado de los materiales aprovechados. En el caso de las actividades de compostaje de restos vegetales que procedan de podas de jardinería o de restos de cocinas comerciales, la consejería competente en materia de residuos deberá haberlas autorizado previamente y deberán disponer de un plan de gestión de estos restos.