El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 37. Formación, protocolos e investigación en atención a personas LGTBI.

Artículo 37 de la Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2016-11096

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-11.

Texto consolidado

1. La Consejería competente en materia de salud garantizará que los profesionales sanitarios, cuenten con la formación adecuada e información actualizada sobre homosexualidad, bisexualidad, transexualidad e intersexualidad.

2. El sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid, conformará un grupo coordinador de profesionales experimentados que promuevan la adopción de protocolos que garanticen el trato no discriminatorio a los usuarios de la sanidad por motivo de orientación sexual, identidad o expresión de género, con especial atención a las personas transexuales.

3. La Consejería competente en materia de salud, promoverá la realización de estudios, investigación y desarrollo de políticas sanitarias que puedan atender correctamente las características que sean específicas de las personas LGTBI.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-08-11.

Más artículos de Ley 3/2016

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2016 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.