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Ley Foral Vigente

Artículo 363. Delegaciones y encomiendas de gestión.

Artículo 363 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. · BOE-A-1990-19817

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-07.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Foral podrá delegar el ejercicio de competencias en las comarcas o encomendarles la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios.

2. Los municipios y los concejos podrán delegar competencias en las comarcas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-07.

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