Artículo 36. Hitos, objetivos e indicadores.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-18.
Texto consolidado
1. Se establece como objetivo final de las ayudas la sostenibilidad y la competitividad de la agricultura y la ganadería, y su contribución a la mejora del medio ambiente mediante proyectos de inversión ejecutados y de los que se beneficien al menos 5.000 explotaciones agrícolas o ganaderas, a través de las actuaciones previstas en el capítulo II. Para alcanzar su consecución se establecen los siguientes hitos intermedios:
a) Hito n.º 1: A los seis meses desde la publicación de este real decreto, realizar las convocatorias por el importe establecido en el anexo VI, por la comunidad autónoma correspondiente.
b) Hito n.º 2: Al año desde la publicación de este real decreto, haber utilizado al menos el 60 % del presupuesto inicialmente asignado en cada programa de actuación.
c) Hito n.º 3: con anterioridad al 31 de julio de 2023, alcanzar un grado de compromiso al menos del 75 % sobre el total del presupuesto distribuido a la comunidad autónoma.
2. Los indicadores de resultado serán, para cada año, los siguientes:
a) El porcentaje del presupuesto utilizado y comprometido con respecto a la asignación inicial y, en su caso, las sucesivas reasignaciones.
b) El número de solicitudes recibidas y resueltas favorablemente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-11642.
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