El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 36. Compromiso de gasto.

Artículo 36 del Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre. · BOE-A-2007-13908

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

Texto consolidado

1. Previa a la concesión de la subvención, corresponderá a la Dirección General de Fondos Comunitarios acreditar, para cada expediente de ayuda, de la existencia de crédito adecuado y suficiente.

2. El compromiso del gasto será propuesto por la Dirección General de Fondos Comunitarios y se efectuará cuando se tramite la primera liquidación del expediente, salvo que se recojan dichos reconocimientos u otras circunstancias en el Acto de Concesión concreta de expedientes singulares.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

Más artículos de Real Decreto 899/2007

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 899/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.