Artículo 36. Incidentes concursales.
Artículo 36 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
1. Por los incidentes concursales relativos a la impugnación de la lista de acreedores e inventario, oposición a la aprobación del convenio, incumplimiento del convenio, y cualesquiera otros que no tengan una cuantía determinada, devengarán los profesionales de la Procura la cantidad de 351,00 euros.
2. Para el cálculo de los derechos por cualquier otro incidente concursal que no tenga por objeto la impugnación de la lista de acreedores y/o inventario y no esté comprendido en el apartado anterior, se estará a la escala prevista en el artículo 33.