Artículo 36. Colegiados de honor.
Artículo 36 de la Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos · BOE-A-1970-263
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-03-27.
Texto consolidado
El título de colegiados de honor será otorgado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos a las personas que rindan o hayan rendido servicios destacados al Colegio, pertenezcan o no al mismo.