Artículo 35. Clases de colegiados.
Artículo 35 de la Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos · BOE-A-1970-263
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-03-27.
Texto consolidado
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos estará integrado por dos clases de miembros, a saber:
a) Colegiados de honor.
b) Colegiados de número.