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Ley Vigente

Artículo 36. Derechos sobre los tejidos o muestras biológicas.

Artículo 36 de la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud. · BOE-A-2003-8796

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-14.

Texto consolidado

1. Las personas a quienes se practique una biopsia o extracción en los centros, servicios o establecimientos sometidos a la presente Ley tienen derecho a disponer de preparaciones de tejidos o muestras biológicas provenientes de aquéllas, con el fin de recabar la opinión de un segundo profesional o para garantizar la continuidad de la asistencia en un centro, servicio o establecimiento diferente.

2. En el marco de la normativa aplicable, y siempre que no exista oposición por parte del interesado, los centros, servicios y establecimientos sometidos a la presente Ley podrán conservar y utilizar tejidos o muestras biológicas para fines lícitos distintos de aquellos que motivaron la biopsia o extracción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-05-14.

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