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Ley Vigente

Artículo 36. Órganos de gestión y participación social.

Artículo 36 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura. · BOE-A-1998-20256

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-08-28.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Dirección General de Medio Ambiente la gestión global de los Espacios Naturales Protegidos en lo relativo a la conservación, restauración y mejora de sus recursos naturales.

2. Se consideran órganos específicos de gestión y participación social de cada espacio natural declarado, respectivamente, el Director y los órganos colegiados de participación social, así como, en su caso, y en atención a la naturaleza del espacio protegido, las figuras gestoras que se establecen en los artículos siguientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-08-28.

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