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Ley Vigente

Artículo 36. Impago de cuotas.

Artículo 36 de la Ley 6/2023, de 16 de marzo, de áreas municipales de impulso comercial de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13763

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-22.

Texto consolidado

Las deudas por estas cuotas obligatorias podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio que dará lugar, en su caso, al devengo de los intereses de demora y a los recargos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el Reglamento general de recaudación, aprobado por el Real decreto 939/2005, de 29 de julio, de acuerdo con su artículo 2. El importe de los intereses de demora percibidos, en su caso, será entregado al área municipal de impulso comercial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-22.

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