Artículo 36. Registro.
Artículo 36 de la Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas. · BOE-A-2017-10292
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-06.
Texto consolidado
1. Se crea el Registro de lobistas y lobbies, que tendrá carácter público, accesible y gratuito.
2. La Agencia de Integridad y Ética Públicas será la responsable del Registro de lobistas y lobbies.