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Ley Derogada

Artículo 36. Localización de los servicios y depósitos.

Artículo 36 de la Ley 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica. · BOE-A-1999-13409

Atención: Ley 5/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Tanto los servicios de farmacia como los depósitos de medicamentos y productos sanitarios, referidos en el capítulo IV de la presente Ley, deberán disponer de una localización y superficie adecuada y una buena comunicación dentro del centro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-06-26.

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