Artículo 36. Reparación de daños.
Artículo 36 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial. · DOG-g-2015-90508
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-10.
Texto consolidado
Sin perjuicio de la sanción administrativa que se imponga, el/la infractor/a estará obligado a reparar los daños y pérdidas causados al objeto de restaurar y reponer los bienes alterados a su estado anterior.