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Decreto Vigente

Artículo 356.

Artículo 356 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes. · BOE-A-1962-6167

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1962-04-02.

Texto consolidado

La tramitación de los proyectos de carácter hidrológico-forestal se hará compatible, desde el primer momento, con el mayor desarrollo posible de la labor de repoblación de las cuencas, llevada a cabo por los medios de todo género que proporcione la Ley del Patrimonio Forestal del Estado y este mismo Reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1962-04-02.

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