Artículo 35. Alcance de la autorización.
Artículo 35 del Real Decreto 845/2015, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Comisión General de Codificación. · BOE-A-2015-10491
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-02.
Texto consolidado
La autorización será válida sólo para los documentos solicitados y se otorgará para un período de tiempo determinado. Los investigadores autorizados estarán obligados a respetar el horario y normas de régimen interno del Archivo.
En ningún caso se permitirá la salida de documentos del Archivo de la Comisión General de Codificación.