Artículo 35. Régimen complementario.
Artículo 35 del Real Decreto 84/1993, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito. · BOE-A-1993-4684
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-03-21.
Texto consolidado
En lo no previsto por este capítulo sobre fusiones y escisiones se aplicará para las cooperativas de crédito la legislación sustantiva correspondiente y para las demás entidades crediticias implicadas, en su caso, la normativa reguladora de las mismas.