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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 35. Incentivos.

Artículo 35 del Real Decreto 1616/2009, de 26 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios implantables activos. · BOE-A-2009-17607

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-23.

Texto consolidado

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3, apartado 6, de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en el marco de la promoción de los productos sanitarios implantables activos, está prohibido otorgar, ofrecer o prometer primas, ventajas pecuniarias o ventajas en especie a los profesionales sanitarios que prescriben los productos, así como a sus parientes o personas con las que convivan.

Las personas relacionadas en el párrafo anterior no podrán solicitar o aceptar ninguno de los incentivos prohibidos.

Téngase en cuenta que este artículo se mantiene vigente hasta el desarrollo de su legislación específica, según establece la disposición derogatoria única.1.b) del Real Decreto 192/2023, de 21 de marzo. Ref. BOE-A-2023-7416#dd

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-23.

Redacciones de este artículo

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