Artículo 35. Otras formas de manifestación.
Artículo 35 del Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas. · BOE-A-2002-3019
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-15.
Texto consolidado
El principio de publicidad podrá cumplimentarse mediante la expedición de nota simple de los asientos registrales, o mediante la exhibición de los mismos, cuando así se solicite o cuando no concurra la condición de interesado a que se refiere el artículo anterior.