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Orden Derogada

Artículo 35. Ayudas a la producción de cortometrajes realizados. Cuantía y solicitudes

Artículo 35 de la Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2015-14059

Atención: Orden ECD/2796/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Dentro del crédito anual destinado a las mismas, la cuantía de estas ayudas no podrá superar el 75 % del coste reconocido al cortometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

2. El plazo de presentación de solicitud de las ayudas y la documentación que deba acompañarse a la misma, se establecerán en la respectiva convocatoria.

Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada por Orden ECD/43/2016, de 22 de enero. Ref. BOE-A-2016-718.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

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