Artículo 35. De la coordinación con la Administración local.
Artículo 35 de la Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia. · BOE-A-2012-11413
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-09.
Texto consolidado
1. La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia será la administración competente para coordinar la ejecución de las políticas públicas de la Administración local en materia de juventud en el territorio de Galicia, garantizando la coherencia en la asignación de los recursos públicos y procurando una adecuada vertebración territorial, sin perjuicio de la autonomía local.
2. La planificación estratégica local en materia de juventud habrá de respetar lo establecido en el Plan estratégico de juventud de Galicia, al objeto de evitar duplicidades y optimizar los recursos públicos.