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Ley Derogada

Artículo 35.

Artículo 35 de la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1985-26400

Atención: Ley 6/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cualquier persona que tenga a su cargo bienes o derechos a los que se refiere esta Ley está obligada a su custodia, conservación y explotación racional, y debe responder ante la Administración autonómica de los daños y perjuicios sobrevenidos por su pérdida o detrimento cuando concurran dolo o negligencia.

Sin perjuicio de la obligación de indemnizar o restituir, y de las sanciones procedentes en aplicación de la legislación pertinente en cada caso, será sancionada con multa del tanto al cuádruplo del valor de lo dañado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-12-23.

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