Artículo 34.
Artículo 34 de la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1985-26400
Atención: Ley 6/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las Consejerías que precisen bienes adscritos a otras se dirigirán a la Dirección General de Hacienda para que incoe el oportuno expediente, en el que, con audiencia de todas las Consejerías interesadas, se decidirá sobre el destino de los bienes de que se trate, mediante resolución motivada.
2. Cuando se produzca discrepancia entre las Consejerías interesadas o algunas de éstas y la Dirección General de Economía y Hacienda, la resolución correspondiente será competencia del Consejo de Gobierno.