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Ley Derogada

Artículo 35. De la iniciativa legislativa.

Artículo 35 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears. · BOE-A-2001-7026

Atención: Ley 4/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno ejerce la iniciativa legislativa prevista en el artículo 26 del Estatuto de Autonomía, mediante la elaboración, aprobación y remisión posterior de los proyectos de Ley al Parlamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-16.

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