Artículo 35. Concepto y objeto de la actividad física y el deporte en edad escolar.
Artículo 35 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13669
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-03.
Texto consolidado
Se considera deporte en edad escolar la actividad física y deportiva organizada, practicada en horario no lectivo y sujeta a una orientación educativa y formativa. De naturaleza recreativa o competitiva, el deporte en edad escolar tiene que garantizar que la población en la etapa de escolarización obligatoria experimente diferentes tipos de actividades físicas y deportivas fomentando la formación deportiva integral, de acuerdo con la aptitud física y la edad.