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Ley Vigente

Artículo 35. Plan de Pesca de Cuenca Hidrográfica.

Artículo 35 de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón. · BOE-A-1999-7740

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

Texto consolidado

1. Se elaborarán los Planes de Pesca de Cuenca Hidrográfica, que constituirán el documento básico de planificación, ordenación y gestión piscícola, reguladores de esta actividad en ámbitos territoriales de la Comunidad Autónoma de Aragón coincidentes con cuencas hidrográficas.

2. El alcance y contenido de estos planes, vigencia y actualización se determinarán reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

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