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Ley Vigente

Artículo 35.

Artículo 35 de la Ley 2/1989, de 6 de junio, de caza. · BOE-A-1989-15374

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-07.

Texto consolidado

El órgano competente en la materia, oído el Consejo Regional de Caza, dictará las normas e instrucciones precisas para el desarrollo de las cacerías.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-07.

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