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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 35. Pérdida de la condición de funcionario.

Artículo 35 del Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública. · DOGC-f-1997-90001

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-23.

Texto consolidado

La condición de funcionario de la Generalidad se perderá:

a) Por renuncia escrita del interesado.

b) Como consecuencia de sanción disciplinaria que suponga la separación del servicio.

c) Por pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.

d) Por pérdida de la ciudadanía española.

e) Por jubilación forzosa o voluntaria.

f) Por defunción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-11-23.

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