Artículo 349. Régimen sancionador.
Artículo 349 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. · BOE-A-2015-4102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, en materia de montes y aprovechamientos forestales se aplicará el régimen sancionador previsto en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes.