Artículo 34. Presentación de solicitudes.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-31.
Texto consolidado
La solicitud de anulación se redactará con arreglo al formulario disponible en el sistema digital de presentación de solicitudes establecido por la EUIPO y se presentará a través de dicho sistema.
Más artículos de Real Decreto 1190/2025
- ← Artículo 33. Solicitante.
- → Artículo 35. Contenido de la solicitud de anulación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1190/2025, de 26 de diciembre, por el que se regulan los procedimientos nacionales relativos a la inscripción, modificación y anulación de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales de ámbito territorial supraautonómico en el Registro de la Unión, así como determinados aspectos relativos a las mismas de conformidad con la normativa de la Unión Europea.