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Orden Vigente

Artículo 34. Iniciativa y causas de los desenroles.

Artículo 34 de la Orden de 18 de enero de 2000 por la que se aprueba el Reglamento sobre Despacho de Buques. · BOE-A-2000-2108

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-02-03.

Texto consolidado

1. Solamente podrán promoverse los desenroles:

a) Por iniciativa del Capitán.

b) Por iniciativa de la empresa naviera.

c) Por resolución motivada de la Autoridad Marítima.

d) A petición del interesado.

2. El Capitán del buque anotará la causa que motiva el desenrole en la Libreta de Inscripción Marítima del tripulante y en la Libreta de Identidad Marítima.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-02-03.

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