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Ley Vigente

Artículo 34. Obligaciones.

Artículo 34 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los andaluces en el mundo. · BOE-A-2006-20850

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-08.

Texto consolidado

Además de las obligaciones establecidas en sus estatutos, los miembros de las comunidades andaluzas velarán por la consecución de los objetivos establecidos en esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-08.

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