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Ley Vigente

Artículo 34. Entradas.

Artículo 34 de la Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7840

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-20.

Texto consolidado

Las entradas que se expidan por los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas, al margen de otros datos que puedan ser requeridos legalmente, deberán contener la siguiente información:

a) Número de orden.

b) Identificación del organizador y de su domicilio.

c) Espectáculo o actividad.

d) Lugar, fecha, hora de inicio y hora aproximada de finalización.

e) Clase de localidad y número, en sesiones numeradas.

f) Precio.

g) Condiciones de la devolución.

h) Cualquiera otra que se establezca reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-20.

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