Artículo 34. Modificaciones al Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros como consecuencia del establecimiento de nuevos mecanismos para la tramitación y liquidación de siniestros en el Estado de residencia del perjudicado.
Artículo 34 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. · BOE-A-2002-22807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-06.
Texto consolidado
(Derogado)
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros..
Más artículos de Ley 44/2002
- ← Artículo 33. Modificaciones al texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Ve…
- → Artículo 35. Infracciones por deficiencias de organización administrativa y control interno.
- Ver la norma completa: Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.